Perdones

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Solicite su perdón y obtenga su estatus legal en los Estados Unidos

Chavarro Law Firm ha representado a muchas personas en su proceso de pedir perdón con el fin de dar un paso hacia la legalidad en los Estados Unidos.

Existen diversos tipos de perdones que les permiten a personas que hayan cometido faltas migratorias o criminales obtener un estatus legal en los Estados Unidos. Cada perdón tiene reglas y requisitos diferentes.

Perdón de causales de inadmisibilidad en los Estados Unidos (Aplicación I-601)

Hay personas que no califican para ser admitidas a los Estados Unidos ya sea como residentes permanentes, con visas de inmigrante o con ciertas visas de no-inmigrante (como por ejemplo visas de visitante, estudio, trabajo o inversión) debido a faltas cometidas que violan las leyes criminales o de inmigración en los Estados Unidos. Estas personas deben solicitar un perdón para ser eximidas de la causal que los hace inadmisibles.

En la mayoría de los casos de perdón, se requiere que la persona que pide el perdón tenga un familiar que lo califique para pedirlo. Generalmente, la persona debe tener padres o cónyuges que sean residentes permanentes o ciudadanos estadounidenses para poder aplicar por este beneficio.

Es importante consultar con un abogado de inmigración para determinar si usted califica para pedir un perdón.

Si usted está tratando de obtener una visa de inmigrante, ajuste de estatus, ciertos estatus de no-inmigrante o ciertos beneficios de inmigración, y está sujeto a una causal de inadmisibilidad a los Estados Unidos, debe presentar una aplicación para solicitar una exención o perdón. Existen causales de inadmisibilidad que pueden ser perdonadas y otras que no, como por ejemplo haberse hecho pasar por un ciudadano estadounidense sin serlo (con excepciones muy limitadas).

Causales de inadmisibilidad

Algunas de las causales de inadmisibilidad más comunes que pueden ser potencialmente perdonadas son:

  • Causales relacionadas con salud (generalmente enfermedades contagiosas);
  • Antecedentes criminales o penales. Algunos crímenes serios no admiten perdón;
  • Cargos de fraude o engaño;
  • Presencia ilegal en los Estados Unidos;
  • Tráfico de personas (haber traído a alguien o ayudado a traer a alguien a los Estados Unidos de manera ilegal);
  • Castigo de 3 o 10 años por haber estado previamente en los Estados Unidos de manera ilegal.

La mayoría de perdones son adjudicados a criterio y discreción del Departamento de Seguridad Nacional y el Departamento de Estado.  Por esto es de suma importancia la preparación de argumentos legales convincentes y la evidencia necesaria por parte de un abogado experto y con experiencia con el fin de lograr el perdón.

Perdón provisional en los Estados Unidos (Aplicación I-601A)

Este es uno de los perdones más frecuentes. Ciertos familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses o de residentes permanentes legales pueden utilizar este formulario I-601A para solicitar una exención o perdón provisional por presencia ilegal bajo la Sección 212(a)(9)(B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad antes de salir de Estados Unidos para presentarse a un consulado o embajada estadounidense en el extranjero para su entrevista de visa de inmigrante.

Existen personas que, aunque viven en Estados Unidos y tienen familiares directos como cónyuges que son residentes permanentes o ciudadanos estadounidenses, no califican para aplicar para su residencia (ajustar su estatus) dentro de los Estados Unidos, sino que deben pedir este perdón provisional y, una vez aprobado, deben viajar al extranjero para obtener una visa de inmigrante en el consulado o embajada estadounidense en su país de origen.  

Este perdón provisional reduce significativamente el tiempo de separación de la familia porque la mayoría del proceso se lleva a cabo con la persona en Estados Unidos y solo sale a la entrevista por un periodo de 2 o 4 semanas.

Requisitos para aplicar por el perdón provisional

Para ser elegible a una exención provisional por presencia ilegal en Estados Unidos usted debe cumplir con TODAS las siguientes condiciones:

  • Estar físicamente presente en Estados Unidos para presentar su solicitud;
  • Tener por lo menos 17 años de edad;
  • Estar en el proceso de obtener su visa de inmigrante y tener un caso de visa de inmigrante pendiente con el Departamento de Estado después de que su petición I-130 o I-360 a su favor es aprobada por USCIS;
  • Estar casado/a o tener padres que sean residentes permanentes o ciudadanos estadounidenses (estos son los únicos familiares que lo califican para solicitar este perdón);
  • Demostrar que la denegación de su admisión a Estados Unidos causará dificultades extremas a su cónyuge, madre o padre que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal;
  • Tener ÚNICAMENTE la causal de inadmisibilidad de presencia ilegal en los Estados Unidos. Si usted tiene otras causales que lo hacen inadmisible como crímenes, varias entradas ilegales o fraudes, este perdón no es una opción para usted;
  • No tener órdenes de deportación o remoción y no estar en proceso de deportación o remoción, a menos que este se encuentre administrativamente cerrado.

Permiso para aplicar después de una deportación (Aplicación I-212)

Si usted ha sido deportado de los Estados Unidos, usted es inadmisible y no puede aplicar a una visa por un período de cinco, diez o 20 años, dependiendo del caso particular y, en ciertos casos, de manera permanente (dependiendo de la razón por la que fue deportado).

Si usted desea reingresar a los Estados Unidos antes de la expiración de su inadmisibilidad primero debe solicitar “permiso para re-aplicar” o “consentimiento para volver a aplicar” para una visa a través del Formulario I-212.

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